martes. 24.09.2024
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Un juez suspende las contrataciones en el Ayuntamiento de Almonte

Un juez suspende las contrataciones en el Ayuntamiento de Almonte

El alcalde recibe su tercer revés judicial en lo que va de 2015.

Se acumulan las acciones judiciales contra el alcalde de Almonte, José Antonio Domínguez. El regidor del PP sufrió la semana pasada su tercer revés judicial en los dos meses y poco que van de 2015. Primero, el 15 de enero, declaró como imputado por anular un proceso de selección de personal. Después, el 1 de marzo, conoció que el TSJA le obligaba a devolver las competencias a la anterior jefa de la Policía Local. Y ahora, el pasado 4 de marzo, otro juez ha suspendido varias resoluciones administrativas del Ayuntamiento para la contratación de personal.

En concreto, el juzgado de lo contencioso administrativo número 1 de Huelva ha suspendido de manera cautelar dos resoluciones administrativas del Consistorio almonteño, una sobre plazas de arquitecto y personal funcionario de carrera, aprobada el 4 de septiembre de 2014, y otra relativa a la oferta de empleo público (OEP) del pasado ejercicio, aprobada el 8 de julio de ese mismo año. Para ambos casos, el juzgado le da un plazo de 10 días para adoptar la medida cautelar.

En el auto judicial, al que ha tenido acceso el diariodehuelva.es, el juez considera que la oferta de empleo público “incurre en un vicio sancionable con la nulidad de pleno derecho”. El auto se basa en que el Ayuntamiento de Almonte incumple, a su entender, hasta tres preceptos legales: la Ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE) para 2014 sobre oferta de empleo público, el artículo 7 del Decreto 464/1995 por ausencia de consignación presupuestaria, y el artículo 71,1 del EBEP, al entender que las bases generales aprobadas en 2008 corresponden a una oferta de empleo público anterior “nunca subsumibles como ejecución de la OEP del año 2014”.

Tras exponer tales fundamentos jurídicos, el juzgado considera “procedente la concesión de la medida cautelar solicitada de suspensión de las dos resoluciones administrativas”, tras lo que afirma que contra este auto “puede interponerse recurso de apelación, en un solo efecto, en el plazo de 15 días”.

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