miércoles. 25.09.2024
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Menos impuestos y más bonificaciones, en Paterna del Campo

Menos impuestos y más bonificaciones, en Paterna del Campo

El ayuntamiento de Paterna del Campo alivia la carga fiscal de los vecinos con una importante bajada de los impuestos y nuevas bonificaciones para el año 2014.

Ante la crítica situación a la que muchas personas se ven avocadas, el eEquipo de gobierno del Ayuntamiento de Paterna del Campo ha tomado una medida histórica que se aplicará en 2014: hacer efectiva una importante bajada de impuestos centrada, fundamentalmente, en las plusvalías y en el recibo de la contribución, lo que situará a la localidal condal como uno de los municipios con el tipo de gravamen más bajo.

La última revisión catastral de la localidad databa del año 1989, por lo que en 2007, en pleno auge inmobiliario, su entonces euipo de gobierno (PP) solicita una revisión catastral de todos los bienes inmuebles para adaptarlos a los precios reales de mercado, que se hace efectiva en el recibo del 2008, implicando con ello una notable subida, algo que se produce en un período de 10 años (hasta 2017), por lo que los recibos han ido experimentando año tras año una subida paulatina.

Ante estas circunstancias, el equipo de gobierno actual (PSOE) se lleva a cabo la reducción del IBI mediante dos vías: una bajada del tipo de gravamen y una revisión del coeficiente reductor solicitada, en el mes de marzo del año pasado, a la dirección general del catastro.

Asimismo, se llevarán a cabo a partir del presente año, previa solicitud, la ampliación de las siguientes bonificaciones sobre la cuota íntegra del impuesto:

Año

Rev. Catastral

Bienes

urbanos

Bienes

rústicos

2014

2008

0.58

0.87

2013

2008

0.62

0.9

2012

2008

0.62

0.9

2011

2008

0.62

0.9

2010

2008

0.62

0.9

2009

2008

0.62

0.9

2008

2008

0.62

0.9

2007

1989

0.62

0.77

2006

1989

0.62

0.77

2005

1989

0.62

0.77

2004

1989

0.56

0.7

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Bonificaciones

• Bonificación del 50 por ciento a las viviendas de protección oficial y las equiparables conforme a la normativa andaluza.
• Bonificación del 95 por ciento a los bienes rústicos de las cooperativas agrarias y de explotación comunitaria de la tierra.
• Bonificación a familias numerosas:

     - Familias numerosas de 3 hijos/as: bonificación del 20 por ciento.
     - Familias numerosas de 4 hijos/as: bonificación del 40 por ciento.
     - Familias numerosas de 5 hijos/as o más: bonificación del 80 por ciento.

• Bonificación del 15 por ciento a las viviendas que hayan instalado sistemas para aprovechamiento térmico o eléctrico, en el periodo impositivo siguiente a la fecha de instalación.

Reducción de impuestos sobre el incremento del valor de los terrenosde naturaleza urbana 'Plusvalías'

Otro de los impuestos que preocupa, a los paterninos es el pago de las llamadas 'plusvalías'. Teniendo en cuenta el gran esfuerzo que supone para muchas familias hacer frente a dicha obligación, y para facilitar la transmisión de un bien mediante compraventa o herencia de inmuebles, el Equipo de Gobierno ha decido aplicar una importante bajada al impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (plusvalías) cuyo tipo de gravamen pasará del 30 por ciento (que es el que se venía aplicando hasta el 2013) al 20 por ciento. 

Además, junto con la reducción del tipo de gravamen, se hará efectiva también una disminución de los porcentajes a aplicar en el momento del devengo que se verá también reflejado a la baja en el pago de las plusvalías.

Cuando se trate de la transmisión por herencia de la que ha sido la vivienda habitual del transmitente a favor de ascendientes, descendientes o cónyuge durante los dos años anteriores a la fecha de devengo, o de la constitución o transmisión de derechos reales de goce limitativos del dominio sobre la misma, realizadas a título lucrativo por causa de muerte la cuota del impuesto se bonificará mediante los siguientes porcentajes:

• El 95 por ciento si el valor catastral del terreno es igual o inferior a 12.000 euros.
• El 50 por ciento si el valor catastral del terreno es superior a 12.000 y no excede de 18.000 euros.
• El 20% si el valor catastral del terreno es superior a 18.000 euros y no excede de 24.000 euros.
• No procederá bonificación si el valor del terreno es superior a 24.000 euros.

 

Bonificaciones sobre el impuesto de construcciones, instalaciones y obras (ICIO) 

• Bonificación del 50 por ciento del ICIO para la construcción de vivienda habitual de jóvenes hasta 35 años (hasta el 2013 se beneficiaban los jóvenes hasta 30 años).

• Bonificación del 50 por ciento del ICIO para las obras consistentes en terminación de fachadas en edificaciones con una antigüedad superior a diez años.

Fraccionamiento de tributos sin intereses:

Desde el Servicio de Gestión Tributaria se facilitará el fraccionamiento de los pagos de los recibos de IBI, IAE, Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica o Tasa de Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos.


El pago personalizado podrá solicitarse en las oficinas abiertas al público del Servicio de Gestión Tributaria en La Palma del Condado, o bien en la sede electrónica www.sgth.es. Eso sí el periodo en el que se puede solicitar es hasta el 31 de marzo. Una vez pasado este plazo ya no se podrá solicitar el aplazamiento. Con esta medida se facilita que los/as paterninos/as puedan pagar de una forma más desahogada en vez de hacerlo en un solo pago.

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