Daniel Hernando, absuelto

La juez considera que no queda acreditado que el secretario provincial del PCA agrediera al policía nacional que presentó la denuncia.

El Juzgado de lo Penal número 4 de Huelva ha absuelto al secretario provincial del PCA en Huelva, Daniel Hernando, de su supuesta agresión a un agente de Policía Nacional mientras participaba en un piquete informativo durante la huelga general de noviembre de 2012. La juez considera que no ha quedado acreditado que Hernando causara las lesiones que presentó la víctima, pues entiende que la contusión lumbar y de la mano izquierda que sufrió se produjeron en "circunstancias no determinadas".

Por este motivo, la sentencia es absolutoria en base al principio de presunción de inocencia, que tiene rango de derecho fundamental, ya que el propio Hernando, aunque declaró que se encontraba el día de la huelga general en la entrada de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía, donse el agente sufrió la agresión, negó haber agarrado o forcejeado a ninguno de los agentes que se encontraban formando el cordón policial en la zona.

La víctima, por su parte, había declarado que que fue el acusado quién tiró de su mano para apartarle del cordón policial, obligándole a zafarse y causándole las lesiones que presentaba en la mano, aunque no pudo asegurar que fuera él mismo quién le golpeó en la espalda y le causó la lesión lumbar.

A su vez, uno de los testigos de Hernando, el secretario provincial de CCOO, Emilio Fernández, manifestó que se encontraba cerca de Daniel Hernando cuando se puso el cordón policial y que no presenció que éste "agrediera ni forcejeara con ninguno de los agentes", mientras que el portavoz de IU en el Ayuntamiento de Lepe, Javier Valderas, relató que los agentes que formaban el cordón "comenzaron a tirar de Daniel hacia ellos y los compañeros de éste tiraban de su cuerpo para que no se lo llevaran, pero sin que éste pudiera agredir a ninguno de dichos agentes".

Ante tales declaraciones "completamente opuestas y contradictorias entre sí" y ante la ausencia de algún testigo u otra prueba que permita fundar un juicio de certeza, la juez considera que no se acredita en forma alguna, "con el peso que se exige en el seno del derecho penal", que Daniel Hernando acometiera, agrediera o se resistiera al citado agente.

La Fiscalía había solicitado a la jueza que si no condenaba al acusado por atentando a los 18 meses de prisión que pedía en su escrito, que lo hiciera por resistencia a la autoridad a seis meses de cárcel, manteniendo la falta de lesiones, por la que solicitaba una multa de 180 euros, así como los 114 euros por estas lesiones y el tiempo de duración. Sin embargo, la sentencia finalmente ha sido absolutoria.

Nada más conocerse la sentencia, el propio Hernando ha manifestado su "satisfacción", aunque ha matizado que es una satisfacción "a medias", ya que "tanto yo personalmente como al PCE e Izquierda Unida seguimos reivindicando la inocencia de cientos de compañeros y compañeras que se encuentran inmersos en juicios similares al mío por presuntos hechos que no han cometido, en acciones pacíficas en defensa de la clase trabajadora”.